Borrador sobre modificación de la Directiva de Cancerígenos, 2004/37/CE

Borrador modificación Directiva Cancerígenos 2004-37-CE

El pasado 11 de Julio el Comité de Representantes Permanente aprobó un borrador de compromiso sobre la modificación de la Directiva de cancerígenos, 2004/37/CE, negociada entre la presidencia del Consejo de la UE (en manos de Malta en este momento) y el Parlamento Europeo.

Este trabajo forma parte de la primera fase del proceso de revisión de la citada directiva. El citado compromiso representa un gran paso hacia adelante desde la propuesta de una tabla de sustancias con valores límite de exposición ocupacional determinados, propuesta por la Comisión Europea en Mayo de 2016.

Recordemos que esta propuesta determinaba que las siguientes sustancias: polvo respirable de sílice cristalina, 1.2-epoxipropano, 1.3-butadieno, 2-nitropropano, acrilamida, determinados compuestos de cromo (VI),  óxido de etileno, O-toluidina, fibras cerámicas refractarias,  bromoetileno e hidracina  entraban a formar parte del anexo I de la directiva 2004/37/CE con un valor límite de exposición ocupacional determinado, proponiendo revisar también los OEL´s del Cloruro de Vinilo Monómero y el Polvo de Maderas Duras, que ya existían en la directiva.

No obstante, el compromiso de modificación de la directiva 2004/37/CE acordado por el COREPER, presenta algunas modificaciones respecto a la proposición de la Comisión Europea de Mayo de 2016.

Aspectos que se podrían considerar positivos:

  • El OEL para el Cr VI será de 0,005 mg/m3, después de un período de transición de 5 años durante el cual el OEL permanecerá en 0,01 mg/m3 (con la excepción de procesos de soldadura con generación de humos, donde el OEL será de 0,025 mg/m3).
  • El OEL para el Polvo de Maderas Duras se fijará finalmente en 2 mg/m3, después de un periodo de transición de 5 años (la Comisión en un principio propuso un OEL fijo de 3 mg/m3).
  • La Vigilancia de la Salud para los trabajadores expuestos en su trabajo a sustancias cancerígenas, la cual antes se limitaba tan solo al periodo en que los trabajadores estaban expuestos a dichas sustancias, se consagra en la modificación de la directiva como principio general. La mayoría de los cánceres ocupacionales se manifiestan muchos años después de la finalización de la exposición, lo que dificultaba establecer vínculos entre la aparición de la enfermedad y las exposiciones laborales sufridas con anterioridad.
  • Uno de los problemas que más debate han suscitado ha sido la inclusión delas sustancias tóxicas para la reproducción. El compromiso añade una provisión legalmente vinculante a la Directiva dejando claro que este asunto deberá ser retomado por la Comisión en el año 2019 a más tardar.

Aspectos que podrían considerarse negativos:

  • Falta de progreso en relación con la Sílice Cristalina Respirable, no hay cambios con respecto a la proposición inicial de la Comisión de mayo de 2016 para un OEL de 0,1 mg/m3, aunque la Comisión se ha comprometido a examinar la necesidad de reducir este OEL cuando se realice el borrador del informe de los próximos 5 años de aplicación de la Directiva. El OEL recomendado por el Parlamento Europeo era de 0,05 mg/m3 después de un periodo de transición de 10 años.
  • Según expertos del ETUI (European Trade Union Institute) esta diferencia entre 0,01 mg/m3 y 0,05 mg/m3 podría suponer alrededor de 2000 muertes por año en toda la UE.

La adopción del presente compromiso por parte del COREPER, supone que laprimera fase de la revisión de la Directiva de cancerígenos entra en la recta final, la segunda fase ya ha iniciado su camino gracias a la proposición de cinco nuevas sustancias con OEL tabuladas por la Comisión en enero de 2017, la tercera fase está prevista para principios del 2018.

Consideramos que es necesario, a través de los organismos Sindicales Europeos (CES, ETUI, ETC…), mantener la presión en los organismos Europeos competentes para asegurar que el OEL de la Sílice Cristalina se revisa en el corto plazo, esto podría prevenir muchas muertes futuras por cáncer ocupacional, así como también asegurarse que las sustancias tóxicas para la reproducción son incluidas en el ámbito de la Directiva a más tardar en 2019.