Coeducación frente a segregación en el siglo XXI

Coeducación frente segregación siglo XXI

La coeducación y la separación por sexos del alumnado, en relación con la autonomía de los centros escolares y el derecho a la educación en libertad (Art. 27.1 y 27.6 CE), es una discusión de política educativa que ha surgido con frecuencia con partidarios y detractores, que exponen sus posiciones encontradas.

En esta polémica se suele escuchar, con frecuencia, a los responsables de los centros en los distintos niveles educativos, particularmente en la enseñanza privada concertada, pero poco a los pedagogos y la doctrina científica.

Durante la tramitación de la Ley Orgánica de Educación, LO 2/2006, de 3 de mayo (LOE), propusimos que se estableciera con total claridad la obligación de la coeducación en todos los centros sostenidos con fondos públicos.    

En los últimos años ha surgido, con cierta virulencia, un movimiento decimonónico o que podríamos situar en la primera mitad del siglo XX que pretende justificar la legitimidad de los centros segregadores del alumnado por sexo.

Algunos centros privados concertados vinculados al Opus, entidades ultraliberales o sus patronales defienden instaurar la enseñanza separada por sexos en los niveles educativos anteriores a la Universidad.

Desde el Sector de Enseñanza de FeSP-UGT, hemos defendido y defendemos que esta separación supone una modalidad de discriminación, que si bien no la contempla el art. 27 CE relativo al derecho a la educación, se puede deducir de los arts. 14 y 9.2 de la CE.

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