La Audiencia Nacional reconoce un derecho retributivo a los/as trabajadores/as del sector de la Dependencia

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La Sentencia del TJEU de 20 de enero de 2009 dictó que los/as trabajadores/as tienen derecho a que se les reconozca la percepción retributiva en el periodo de vacaciones anuales como retribución ordinaria del trabajador/a, con todos los complementos.

Las organizaciones sindicales FeSP-UGT y CC.OO reclamamos este derecho, y como las Patronales del Sector del SAAD no lo quisieron reconocer acudimos al procedimiento de mediación ante el SIMA, sin alcanzar un acuerdo.

Con fecha 2 de noviembre de 2016 se celebró juicio ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Social. El fallo reconoció el derecho de los trabajadores/as a percibir los complementos de actividad:  la Audiencia Nacional considera que la retribución de vacaciones se debe integrar con el promedio de lo percibido regular y habitualmente por los trabajadores sin que se puedan exceptuar con carácter general tal y como se recoge en el Convenio, el pago de complementos de actividad porque tiene declarado la jurisprudencia que la retribución de las vacaciones ha de comprender todos los conceptos salariales obtenida por el trabajador en la época de actividad lo cual es acorde con su finalidad: garantizar el disfrute efectivo del derecho a vacaciones mediante la continuidad de la percepción de la renta  del trabajo habitual