Permisos, excedencias y licencias de los funcionarios docentes

Permisos excedencias y licencias func docentes

Permisos, excedencias y licencias de las funcionarias y funcionarios docentes públicos

Los periodos de permisos, licencias y excedencias facilitan y mejoran la calidad de la vida de los trabajadores y trabajadoras al permitir integrar y conciliar su vida personal, familiar y profesional. Es necesario fomentar, desarrollar y actualizar normativas que impulsen  la igualdad de género, faciliten la atención de familiares en caso de enfermedad,  medidas de movilidad para hacer efectiva la protección a las funcionarias víctimas de violencia de género, al funcionario o funcionaria afectadas por actividad  terrorista, la protección a la salud en el embarazo y parto, los permisos de maternidad y paternidad, así como permisos que promuevan la preparación y asistencia a cursos formativos para el desarrollo personal y  profesional del personal docente.

El presente documento recopila el articulado correspondiente a los permisos mencionados anteriormente de la normativa estatal – Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)- y que por lo tanto es de cumplimiento obligado en todo el Estado, y por otro lado las normativas autonómicas que pueden mejorar lo regulado en la legislación básica, así como recoger otros aspectos relacionados con estos periodos.

Es importante tener en cuenta que todos estos aspectos son susceptibles de negociarse en las Mesas Sectoriales, tanto en las de ámbito estatal como en las establecidas en las propias comunidades autónomas, por lo que este documento puede servir como reflejo de los distintos niveles de consecución y mejora  de los mismos según la comunidad autónoma. Existen  medidas que tienen que ver más con la voluntad política ya que no implican incremento económico para su puesta en marcha.

El documento recoge en las primeras páginas la normativa estatal. A continuación se contemplan las normativas de las distintas comunidades autónomas, pero solo los aspectos – en color rojo- que mejoran o que por ser novedosos difieren de la norma estatal.