Seguridad Social: 70 horas para la formación de la promoción

70 horas para formación de promoción

Con el fin de apoyar y favorecer a los empleados públicos del SEPE en su formación para la promoción, su Subdirección General de Recursos les ha concedido 70 horas por convocatoria. Tiempo que se considerará como trabajo justificado, y que podrán disfrutar acumuladamente hasta un máximo de cinco días, conjuntamente con vacaciones y/o permisos por asuntos propios.

Por parte de UGT, según acredita el adjunto, se solicitó esta regulación para los trabajadores de la Seguridad Social a la misma Subdirección General del Ministerio de la que depende el SEPE, y posteriormente, en idénticos términos a las del INSS y la TGSS, manifestando la primera su incompetencia para este asunto y no respondiendo las demás.

Unos porque no se encargan de esto, y los otros porque sólo se encargan de una parte, y tienen que esperar a ver qué hacen los demás, han conseguido nuevamente dejar las cosas pendientes y poner en evidencia que no hay políticas de personal comunes para el conjunto del Sistema de Seguridad Social, o sencillamente, no hay más política de personal que dejarla correr, a ver qué pasa.

Y lo que ha pasado es que otros gestores, más dedicados, han zanjado la cuestión regulando el tiempo para la formación de la promoción, situando a los colectivos que gestionan en una posición claramente más ventajosa que la del resto de trabajadores de la Seguridad Social que, paradójicamente, se encuadran en el mismo ámbito.

Desde UGT, consideramos que ya está bien de camuflarse en el enredo competencial, eludiendo el ejercicio de la responsabilidad de cada cargo, y reclamamos nuevamente al Ministerio y a las EGSS y SSCC que se equipare de modo inmediato a los trabajadores de la Seguridad Social con los del SEPE en cuanto a los tiempos dedicados a la formación para la promoción, unificando las políticas de personal en asuntos comunes.