UGT denuncia la paralización de las jubilaciones parciales y la utilización de forma irregular de los contratos relevo

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La FeSP-UGT queremos denunciar la carrera de obstáculos que los trabajadores de la Administración de Castilla y León tienen que sortear para poder llegar a hacer efectivo un derecho contemplado en el artículo 86 del Convenio Colectivo del Personal laboral de la Junta de Castilla y León: Dcho. a la Jubilación parcial.

La interpretación que hace la Admón. Autonómica es que el hecho de que el relevista deba cotizar por un 65% de la base de cotización del jubilado parcial, aunque trabaje el 50% de la jornada, imposibilita, según la Junta de castilla y León que se cump0lan los requisitos establecidos por el Real Decreto ley 5/2013.

Sin embargo, la interpretación de la Junta es errónea, siendo inválida la afirmación de que resulta imposible cumplir el requisito de correspondencia de bases, ya que el modo de calcular la existencia de dicha correspondencia, según la Seguridad Social, sería:

  1. Respecto al trabajador que se jubila parcialmente se parte del promedio de la base de cotización de los seis últimos meses del período de cálculo de la base reguladora y se calcula la base diaria.
  2. Por otro lado, se eleva el valor de la base diaria del relevista desde el porcentaje de duración de su jornada hasta el porcentaje de jornada completa del trabajador que se jubila parcialmente (ejemplo: si la base diaria del relevista es 55,94 Euros para una jornada del 75% que vaya a asumir, de realizar una jornada al 100% su base diaria sería 74,59% (55,94 x100/75).
  3. Para efectuar la comparación entre bases, se toma la base diaria del relevista elevada al porcentaje de jornada que realizaba el trabajador que se jubila, se multiplica por 100 y se divide por la base diaria del trabajador relevado (ejemplo: si el promedio diario de las bases de los 6 últimos meses del jubilado es de 109,54 Euros, la correspondencia sería 74,59 x 100 /109,54 = 68,09%).

Por tanto, con la información que desde la Seguridad Social envían, para FeSP-UGT no hay obstáculo alguno para que concurra el cumplimiento de las dos previsiones normativas respecto de la cotización del relevista y la correspondencia de bases con las del jubilado.

Para la Junta de Castilla y león solo se podrá acceder a la jubilación parcial, (en todos los casos, será del 25%) si resulta posible prescindir de cubrir la parte de jornada que el jubilado parcial deja de realizar; y podrá formalizarse el contrato relevo en otro puesto de trabajo y sólo para la cobertura de una necesidad urgente e inaplazable.

Es increíble que en el Dialogo Social Tripartito se firmen Planes de Empleo complementarios duplicando gastos y en el Dialogo Social bipartito sean tan cicateros y no amplíen partidas presupuestarias para dar el 75% de la jornada a sus Empleados Públicos. Dejan a sus propios empleados sin poder hacer efectivo y real su derecho a la Jubilación Parcial.

Desde FeSP-UGT lamentamos que la Junta de castilla y León valore el Dialogo Social Tripartito secándola rendimiento político y no haga lo mismo para el Dialogo Social Bipartito. En el Dialogo Social Tripartito podemos llegar a contratos del 100% de la Jornada y de duración de 1 año, aumentando la cantidad presupuestada y en el Dialogo Bipartito, hacemos contratos basura del 25% de jornada, con el agravante de que se permiten hacer el contrato para otro puesto de trabajo y no necesariamente para el del relevista.

Lo que es más grave, es que la propia Administración de Castilla y León, quiere formalizar los contratos relevo además de en otro puesto de trabajo, sólo para coberturas de una necesidad urgente e inaplazable y en la misma o en distinta Consejería. Y a más, estos puestos quedaran excluidos del Concurso de Traslados abierto y Permanente.

Desde FeSP-UGT denunciamos estas actuaciones de los contratos relevo, eliminando plazas para el Concurso de traslados, con lo que dudamos de la legalidad de los mismos y exigimos una efectividad del derecho a la jubilación parcial real y adecuada para rejuvenecer plantillas, fomentar el empleo, y facilitar el derecho recogido en el artículo 86 del Convenio.

Los mayores problemas denunciados han sido siempre desde la Consejería de familia; la Gerencia de servicios Sociales les comenzó ofreciendo a los trabajadores el 50% de jubilación pero no les permitía acumularlos, a pesar de la última sentencia del 29 de marzo de 2017 donde se pueden acumular anualmente, obligándoles a acudir a su puesto de trabajo a media jornada.

La Consejería de familia lleva años caracterizándose por arropar a sus trabajadores negándoles la cobertura de la mayor parte de ausencias. El Jubilado de la Gerencia de servicios sociales se sentía discriminado 4respecto a otros trabajadores de otras Consejerías a los que les permitía acumular en meses.

Finalmente la Gerencia de Servicios Sociales les permitió acumular por días y luego tras denuncia de Inspección del INSS por estar cotizando mal se paralizan todas las jubilaciones.

Ahora, solucionado el problema, sólo ofrecen un 25% y ese 25% que no se realiza por el jubilado no se va a cubrir, por tanto solo se concederá la jubilación, como antes mencionamos en aquellos puestos que puedan prescindir de ese tiempo. El contrato relevo lo harán pero no necesariamente para cubrir ese puesto, ni siquiera en la misma Consejería.

Para FeSP-UGT urge dar solución a esta situación desde el Gobierno de esta Comunidad para que también podamos presumir del Dialogo Bipartito, por el fomento del empleo, la eliminación de contratos basura, y el rejuvenecimiento de las plantillas en la Administración de Castilla y León.