UGT exige el reconocimiento a la manutención para los profesionales de Atención Primaria

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La discriminación que desde la Consejería de Sanidad se lleva reiterando a los profesionales de la sanidad pública de Castilla y León durante estos últimos 5 años ha llevado a presentar demandas judiciales de todo tipo para reclamar derechos consolidados.

Tenemos solapes de jornada discriminados, incumplimientos en cuanto a la compensación económica de la Atención Continuada en situaciones de I.T y un largo etcétera que lleva a colapsar los servicios judiciales, a aumentar el gasto que desde la Consejería de Sanidad se realiza y afecta luego a la actividad sanitaria pública y por supuesto afecta al desencanto generalizado que se produce en los trabajadores.

Hoy en la provincia de León exigimos que discriminaciones mencionadas sean solucionadas a la mayor brevedad. Y entre ellas una muy importante es el derecho a la manutención de todos aquellos trabajadores (enfermeros, médicos y celadores) que realizan atención continuada o guardias de presencia física.

En el año 2014, la Consejería de Sanidad de forma totalmente arbitraria y unilateral reconoce el derecho a la manutención solamente a los profesionales de Atención Especializada. Con esta actuación se ha producido una discriminación importante entre los profesionales de la Sanidad Pública de Castilla y León.

Desde UGT hemos reclamado reiteradamente la igualdad de trato de todos los profesionales que realizan guardias o atención continuada a la Consejería de Sanidad y a la Gerencia Regional de Salud; hasta ahora sin ninguna respuesta.

Consideramos que esta actuación imparcial,  inmotivada, injusta y abusiva debe subsanarse a la mayor brevedad posible en cuanto que   todos los profesionales tienen idénticos derechos a beneficiarse del servicio de manutención en la actividad diaria de guardia o atención continuada.

Para UGT la obligación del reconocimiento del servicio de manutención al personal adscrito a Atención Primaria es idéntica a la del personal de Atención Especializada por eso hemos reclamado el reconocimiento a percibir idéntico trato.

Desgraciadamente, nuevamente tienen que ser los Tribunales los que nos den la razón reconociendo este derecho en todas las demandas presentadas.

Las demandas  presentadas en la provincia de León, donde tuvimos el primer pronunciamiento en la sentencia nº 143/2015 ganada en el Juzgado Nº 3, que fue recurrida por la propia Administración Sanitaria y el Tribunal Superior de Justicia de Valladolid nos dio definitivamente la razón. Los 3 Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de León han fallado en el mismo sentido.

En León se ganado 21 sentencias, no se ha perdido ninguna y estamos a la espera de las sentencia de otras 40 demandas presentadas.

Por recordar la situación:

El acuerdo 103/2004, de 29 de julio de la Junta de Castilla y León aprobó compensación económica de los desplazamientos del personal de las Instituciones Sanitarias de la Gerencia Regional de Salud en el ámbito de la Atención Primaria y Especializada; además de la manutención (cena) en los días laborables cuando sólo se realiza Atención Continuada; comida y cena cuando la jornada de Atención Continuada se realice a continuación de la jornada ordinaria o en los fines de semana y festivos.

La Gerencia Regional de Salud facilitará la manutención de los profesionales sanitarios de los Equipos de Atención Primaria que deban cubrir los turnos de Atención Continuada en los Centros designados como Puntos de Atención Continuada, mediante el suministro de la cena en los días laborables cuando sólo se realice Atención Continuada, y la comida y la cena cuando la jornada de Atención Continuada se realice a continuación de la jornada ordinaria o en los fines de semana y festivos. Asimismo, facilitará la manutención de los profesionales de los Servicios de Urgencia de Atención Primaria (SUAP), mediante el suministro de la cena en los días laborables y la comida y la cena los fines de semana y festivos. Este compromiso será efectivo una vez concluido el procedimiento de contratación administrativa necesario para la realización del suministro. Por otro lado, las partes firmantes analizarán la posibilidad de extender esta medida, a los profesionales de Emergencias Sanitarias

La prestación de la manutención se suprimió el 1 de junio de 2012 (Acuerdo 57/2012 de 28 de junio).

“La suspensión del punto 6. Manutención del mencionado Acuerdo 103/2004, de 29 de julio, de la Junta de Castilla y León, se trata de una de las medidas del Plan Económico Financiero de Castilla y León 2012-2014, que ha sido declarado idóneo dentro del compromiso de adaptar la política de gasto al cumplimiento del objetivo de la estabilidad presupuestaria por el Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas”.

En enero de 2014 se reanudó el servicio de manutención en el ámbito de Atención Especializada de oficio y excluyendo al personal de Atención Primaria.

UGT reclama a  la Consejería de Sanidad y a la propia Junta de Castilla y León que se subsane esta gran desigualdad; la no discriminación es un derecho fundamental y es esencial que la Consejería de Sanidad comience a cumplirlo.