UGT pide coherencia a los grupos parlamentarios

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Hace más de un mes desde que se presentara en el Congreso de los Diputados la Propuesta de Ley de Estatuto Básico del Bombero Forestal, por parte del Grupo Podemos, en un texto que trabajamos intensa y duramente los sindicatos y más concretamente UGT.

La propuesta sigue el trámite parlamentario en la “CÁMARA BAJA”. Una vez admitida a trámite por la Mesa y a la espera de no sufrir el veto del gobierno. Después, de ese mes, pasará a trámite para que los partidos políticos presenten enmiendas que enriquezcan el documento.

Desde FeSP-UGT, pedimos a los grupos políticos que tengan coherencia en sus planteamientos, sobre todo en desarrollar y defender la categorización a nivel nacional del grupo profesional de Bomberos Forestales, referida en el CNO del 2011 con el código 5932. Lamentablemente la defensa por su parte, no está sucediendo, ya que en estos días volvemos a encontrarnos algunas contradicciones por parte de algunos Grupos Políticos que inician trámites de petición de la “Categoría” de Bombero Forestal, como hiciera en el día de ayer el “Grupo Parlamentario Socialista” de Castilla y León, estando en la oposición. Sorprende que este mismo grupo político en Autonomías donde gobiernan en consonancia con Podemos (Aragón o Castilla-La Mancha), aún no está consolidada o están en un largo proceso de reconocimiento no entendible por este sindicato, contradiciéndose a nivel Autonómico. Este hecho no solo se produce con los partidos políticos anteriormente mencionados, también el Partido Popular de Andalucía solicitaba por medio de su Grupo Parlamentario, el reconocimiento de los bomberos forestales y el mismo hecho era rechazado en la Comunidad de Madrid, en Castilla y León… por el propio Partido Popular.

Por todo ello, desde FeSP-UGT solicitamos a la Administración General del Estado, así como a las administraciones de cada Comunidad Autónoma, que regularicen la categoría profesional de Bombero Forestal, bien reconociéndosela a sus propios empleados o bien exigiéndola en sus pliegos de contratación a las agencias o empresas públicas y privadas.