Justicia y Democracia

justicia y democracia

Justicia y democracia

 

Con apenas veinticuatro horas de distancia entre ellas, nos han sido comunicadas recientemente dos resoluciones judiciales que contribuyen de manera significativa al descrédito del movimiento sindical y su capacidad de acción frente al poder, entendido éste en sentido amplio.

En la primera de las dos resoluciones, sus señorías han decidido hacer prevalecer la libertad de expresión de un ciudadano frente al derecho al honor y la propia imagen de nuestro sindicato (con el escarnio añadido de la condena en costas) pese a que aquella libertad de expresión se ejerció a través de una manifestación tendenciosa, maliciosa y contraria a la verdad. En la segunda, el señor juez acuerda el sobreseimiento de nuestra denuncia contra las autoridades sanitarias de la Junta de Castilla y León, no porque aprecie su señoría que no existe el motivo de la misma (incumplimiento de la prestación adecuada del servicio en la comarca de Sanabria) sino porque entiende que tiene cauce en otras ramas del ordenamiento jurídico y, aplicando el principio de mínima intervención del derecho penal, considera que no debe ser admitida a trámite.

El asunto no pasaría de ser una (en este caso dos) más de las muchas anécdotas que jalonan nuestro recorrido por los tribunales de justicia, si no fuera porque se inscribe en la amplia y generalizada tendencia de decisiones judiciales que, a lo largo y ancho de España, acaban por decantarse con demasiada frecuencia por los fuertes frente a los débiles. Ejemplo reciente de esta tendencia, y especialmente esperpéntico y paradigmático, ha sido la reciente decisión del Tribunal Supremo respecto a quien debe abonar el impuesto de actos jurídicos documentados (hipotecas). Pero la lista de las cosas incomprensibles para la ciudadanía en general, va desde la excesiva consideración y cautelas con que se trata en los tribunales a los múltiples encausados por casos de corrupción, por ejemplo, frente a la dureza de algunas condenas por el inefable delito de odio, o de las derivadas de presuntos delitos cometidos en ejercicio del derecho de manifestación, algunas de las cuales han recibido el reproche del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sin olvidar los lacerantes efectos que tienen sobre sus víctimas determinadas decisiones de los tribunales en materia de violencia de género.

Ocurre esto, en mi opinión, porque, a diferencia de los otros dos poderes del Estado, el Judicial es el único que todavía no ha asumido, no ha incorporado plenamente, los usos propios de una democracia avanzada como la que presumimos disfrutar. Mientras el poder legislativo, a pesar de la proverbial inoperancia del Senado, ha sido capaz de transformarse a sí mismo, y de paso a todo el país, desde un órgano cautivo al servicio de un poder autárquico, a una verdadera cámara de representación, y los sucesivos Gobiernos que han estado a cargo del poder Ejecutivo, han sabido sacar a España del ostracismo político y económico en que se encontraba, y llevarla a la primera línea del concierto internacional que ocupa en la actualidad, el poder Judicial, seguramente por falta de interés de los otros dos poderes en afrontar de manera decidida esta necesaria transformación, se ha quedado anclado en procedimientos y formas de actuar y decidir más propias de épocas pretéritas, de las que todavía conserva, además, no pocos de los vicios.

Urge, por tanto, acometer las reformas legislativas necesarias para aligerar los procedimientos y el gobierno judicial, y acometer las inversiones necesarias para modernizar y dotar de nuevas tecnologías unos juzgados, todavía dotados de medios e infraestructuras más propios, en muchos casos del siglo diecinueve que del actual. Y urge también, por otro lado, aumentar el número de profesionales dedicados a esta imprescindible labor, y, sobre todo, hacer un esfuerzo decidido en aumentar y adaptar su formación a los requerimientos de una democracia avanzada.

Francisco Estravís Fernández

Secretario General de la FeSP-UGT de Zamora