La OIT se pronuncia sobre el salario mínimo en España

OIT se pronuncia salario mínimo España

El Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, en su 329ª reunión celebrada el pasado mes de marzo, aprobó el Informe del Comité tripartito encargado de examinar la reclamación que UGT y CCOO presentamos hace tres años por entender que el Gobierno está vulnerando el Convenio 131 de la OIT en relación a la fijación de salarios mínimos.

Con esta decisión, que fue notificada a ambas Confederaciones el pasado 10 de abril, la OIT da por terminado el procedimiento de reclamación basándose para ello en los argumentos esgrimidos inicialmente ya que el Comité no ha valorado las últimas alegaciones que por nuestra parte efectuamos recientemente, en las que manifestábamos la persistencia del incumplimiento denunciado a pesar del incremento del 8% fijado para este año previo acuerdo con el PSOE. El informe se circunscribe, por tanto, a la situación durante los ejercicios 2014 y 2015.

Hemos de recordar que acudimos a la OIT demandando el cumplimiento del citado Convenio 131 en todos sus términos y particularmente en lo que se refiere a la fijación de un SMI que cubra las necesidades de los trabajadores y de sus familias, así como que dicha fijación se efectúe con un proceso de consulta exhaustiva con las organizaciones sindicales.

Las razones que alegamos para denunciar el incumplimiento, en síntesis eran que: el SMI había venido acumulando pérdidas del poder adquisitivo; se encuentra muy por debajo del objetivo europeo del 60 por ciento del salario medio; había sido congelado desde el 2011 a un valor que no permitía un nivel de vida digno, sin que el Gobierno hiciera ningún esfuerzo para dar seguimiento a las recomendaciones que formuló la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones en 2013 en relación a tener plenamente en cuenta las necesidades de los trabajadores y de sus familias.

También denunciamos la falta de un «proceso que garantice la plena consulta y la participación de los interlocutores sociales en condiciones de igualdad» conforme reiteradamente exige la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones.

Según se desprende del Informe, el Gobierno ha defendido su actuación escudándose en el contexto económico y financiero, en el número de trabajadores perceptores del SMI y en el carácter coyuntural de las decisiones de contención de la cuantía del SMI.

El Informe del Comité de Expertos, además de tomar nota de todas las informaciones recibidas, se pronuncia sobre el fondo de nuestra reclamación con varias peticiones al Gobierno:

  • Que continúe, en consulta con las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores, realizando todos los esfuerzos necesarios para tener en cuenta, en la medida que sea posible y apropiado, las necesidades de los trabajadores y de sus familias y los factores económicos mencionados en los apartados a) y b) del artículo 3 del Convenio y darles a cada uno de esos elementos el peso adecuado para determinar el nivel de los salarios mínimos;
  • La recomendación de que el Gobierno y los interlocutores sociales traten, en el marco del diálogo social, la reforma del artículo 27 del ET para asentar sobre nuevas bases la determinación anual del SMI por el Gobierno y para evitar que se produzcan pérdidas en el poder adquisitivo sobre la base de lo dispuesto en el artículo 3 del Convenio;
  • Que en todo proceso de fijación del SMI el Gobierno consultará exhaustivamente a las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores interesadas, garantizando que las mismas tengan pleno conocimiento de todas las informaciones necesarias y cuenten con tiempo suficiente a los fines de fijar su posición. Obligación que el Gobierno viene incumpliendo reiteradamente.
  • Además le «invita» a que facilite información a este respecto, para su examen por parte de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones.

El incremento experimentado en 2017 por el SMI sigue situándolo muy por debajo de los niveles requeridos desde un punto de vista de justicia social o de desarrollo económico. No garantiza las condiciones mínimas de subsistencia de una unidad familiar, se encuentra muy por debajo del objetivo fijado en la Carta Social Europea (60% del salario medio neto) y del promedio de los principales países de la UE y del nivel que correspondería para un país con nuestro desarrollo, productividad y riqueza.

Por ello, el toque de atención que efectúa la OIT cuando resuelve la reclamación de CCOO y UGT debería provocar un cambio en la política desarrollada hasta ahora, en esta materia, por el gobierno.