Líneas generales del preacuerdo en materia de pensiones.

1) Nueva fórmula de revalorización para el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones. Se recupera completamente la garantía de revalorización con inflación pasada, como propusimos desde UGT, sin descuentos en los ejercicios de inflación negativa. Adicionalmente, se revisará el poder adquisitivo por el diálogo social cada cinco años.

2) Derogación del Factor de Sostenibilidad. Se dota de un plazo de doce meses para negociar un nuevo Factor sobre la base de lo dispuesto expresamente en el Acuerdo de Pensiones de 2011. Estas dos medidas suponen la expresa vuelta al 2011 como tanto hemos reivindicado.

3) Se elimina el déficit de la Seguridad Social, actual y a futuro. El Estado se hace cargo de forma permanente de un amplio conjunto de gastos “indebidamente” cargados a la Seguridad Social: en los PGE 2021 se ha realizado la primera parte por importe de 14.000 Millones de euros. Adicionalmente, se incrementarán en 8.000 Millones en los ejercicios 2022 y 2023.

Además, hay un conjunto de medidas para elevar la edad efectiva de jubilación, que suponen un sistema de incentivos con elementos positivos para los trabajadores y trabajadoras y que eliminan los recortes de la reforma anterior.

4) Jubilación anticipada voluntaria: se rebajan y se mensualizan (de forma inversamente proporcional al tiempo de adelanto) los coeficientes reductores actuales. La reducción mejora muy notablemente la situación actual y es mayor cuanto más larga sea la carrera de cotización (a propuesta de UGT). Se rebajan los coeficientes de forma suplementaria para los perceptores del subsidio por desempleo.

Cuando la jubilación anticipada voluntaria se realice desde cotización máxima, los coeficientes reductores se elevarán a lo largo de un periodo de doce años y de forma simultánea a la subida de la pensión máxima, de forma que siempre el primer efecto, la aplicación del coeficiente, sea inferior al segundo, la subida de la pensión máxima. Esta es una garantía propuesta por UGT.

5) Jubilación anticipada involuntaria. Se rebajan y se mensualizan los coeficientes reductores actuales, en línea con los de la jubilación voluntaria, y un poco más aún en los últimos 6 meses de anticipación. Se amplían las causas de acceso al derecho a la jubilación anticipada, a casi todas las causas de despido.

6) Jubilación anticipada por razón de la actividad: se reforma el reglamento para establecer un nuevo sistema basado en indicadores objetivos, transparentes y con participación de los agentes sociales.

7) Se reforma la Jubilación demorada (retraso voluntario de la jubilación): aumento y nuevas modalidades de incentivos y exención de cotizaciones por contingencias comunes.

8) Jubilación activa: se aplicará a partir de un año tras la jubilación, y antes de 12 meses se corregirán las diferencias existentes entre regímenes y sistemas especiales.

9) Jubilación forzosa: se prohíben las cláusulas que establezcan en los convenios una edad de jubilación inferior a los 68 años, y se establece que las actuales cláusulas se mantendrán mientras los convenios actuales mantengan su vigencia.

10) Nuevo sistema de cotización por ingresos reales en el RETA: supone una mejora de los ingresos de la Seguridad Social y un incremento de las pensiones y la protección social de las personas trabajadoras autónomas. Se establece un nuevo sistema de cotización basado en los rendimientos reales declarados fiscalmente. La implantación se aprobará en 2022 y sus efectos económicos se producirán de forma gradual a partir de 2023 durante un periodo transitorio aun a determinar. Durante ese periodo se cotizará en función de 13 tramos de rendimientos. Se garantiza que quienes coticen por las bases mínimas, mantendrán el nivel de protección, a través de transferencias del estado al sistema.

11) Creación de la Agencia Estatal de la Seguridad Social: se aprobará en 6 meses la Ley para ello. Esto es una reivindicación de UGT y sobre todo del personal de la Seguridad Social y una medida dirigida a mejorar el servicio y la gestión de la Seguridad Social.

12) Viudedad de parejas de hecho: en el plazo de 6 meses se abordará en el diálogo social la reforma legal (a propuesta de UGT). Medida dirigida a eliminar discriminaciones que afectan sobre todo a mujeres.

13) Prestaciones de incapacidad temporal a los contratos fijos-discontinuos: se incluye en la normativa la forma de cálculo de la base reguladora (actualmente objeto de diversas interpretaciones desfavorables por la Seguridad Social que hacen que estos trabajadores y trabajadoras no tengan protección en situación de incapacidad temporal). Reivindicación de UGT sobre todo en los sectores de trabajadores del campo.

14) Cláusula de ‘salvaguarda’: se acuerda el carácter indefinido de la misma (hasta que se jubilen todos los afectados) para aquellos trabajadores en situaciones contempladas en el Acuerdo de 2011 que se podrán acoger a la normativa de jubilación previa a la reforma del 2011. Esto es una reivindicación de UGT desde que el PP la reformó y acotó.

15) Cotización de becarios: se acuerda que todas las prácticas laborales y no laborales, independientemente de si el promotor es público o privado, cotizarán a la Seguridad Social. Medida dirigida a los jóvenes.

16) Convenios especiales Sistema Atención Dependencia: en 6 meses se realizarán los cambios normativos que habiliten la financiación pública de los convenios especiales de los cuidadores de personas en situación de dependencia. Compromiso nunca cumplido de la ley de dependencia que afecta sobre todo a mujeres.