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Otro año más nos ponen en la Mesa una cuantía económica irrisoria por lo que UGT volvió a rechazar la negociación

Nos informan que el porcentaje económico destinado para 2020 a la Acción Social es de nuevo el mismo importe que los años anteriores, pues llevamos con esta asignación presupuesta desde 2013 sin variar.

  • Para Juzgados y Tribunales: 682180 euros
  • Para Fiscalía General del Estado: 3140 euros
  • Y Ministerio Fiscal: 3190 euros.

 

De esta cuantía habría que detraer los recursos interpuestos el año pasado y que se están resolviendo ahora.

Un año más, contamos para la Acción Social, a día de hoy, con una cuarta parte menos del dinero que percibíamos y, ello es inaceptable pues ha llegado el momento de recuperar salarios y otros derechos laborales.

Novedades para las solicitudes en 2020:

1ª En las distitntas casillas no se adjuntará en ese momento la documentación ni siquiera la renta y el resto de documentación se adjuntará al final de la instancia.

2ª Otra novedad es que han creado un borrador de tal manera que la instacia se puede rellenar en distintos momentos, pudiéndose guardar par continuar con ella más tarde.

3ª Las personas con hijos encontrarán que el número de ellos aparecen en su instancia pero si se ha tenido un hijo recientemente y la Gerencia no lo ha grabado aún, tendrán que aportar el Libro de Familia.

4ª Editarán un manual de instrucciones que se va a adaptar a las novedades de este año e incluso puede que se incluyan las novedades también en las bases de la convocatoria.

Desde UGT solicitamos que el incremento retributivo del 2% que hemos tenido para este año se aplicara también a la cuantía total de la Acción Social, pero la Administración se negó.

La Administración nos informó que las previsiones de publicación de esta convocatoria será en la primera quincena del mes de marzo.

Por UGT pedimos que para el año próximo se presente en la Mesa por la administración una comparativa de los tres últimos años.

Por este Sindicato pedimos que se agilicen al máximo los trámites en la resolución de la Acción Social y que se pueda recibir antes del mes de noviembre, para evitar que coincida con los meses en los que se realiza el ajuste de las retenciones del IRPF.

PERSONAL LABORAL

Ya que el personal Laboral no tiene posibilidad de Recurso de Reposición y si hubiera un error en la Resolución se ven obligados a acudir a la vía de lo Social, el Ministerio nos informó que cuando sea por un error de la Administración con escrito que dirijan al Ministerio se podrá resolver por una Resolución de la Directora General.

RESULTADOS DEL PLAN DE ACCIÓN 2019