Pacto de Estado contra la violencia de género: una oportunidad perdida en el ámbito laboral

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La violencia de género constituye una de las más terribles lacras sociales, que atentan contra los derechos humanos y contra el derecho fundamental a la igualdad y no discriminación por razón de sexo.

Desde UGT celebramos la aprobación del  Pacto de Estado contra la Violencia de Género, pues refleja la voluntad por aunar esfuerzos para impulsar los cambios necesarios para prevenir la violencia y combatirla.

Sin embargo consideramos que las medidas acordadas en el ámbito laboral se caracterizan por ser genéricas, pendientes de concreción, y la mayoría están circunscritas al ámbito de la administración. No se ha adoptado ninguna medida que garantice por ley, la protección de los derechos laborales de las trabajadoras víctimas de violencia.

Medidas aprobadas como realizar los cambios pertinentes en materia legislativa para la correcta aplicación del Convenio de Estambul, o estudiar el actual sistema de ayudas de Renta Activa de Inserción y evaluar su sustitución por un subsidio de desempleo  o la relativa al fomento del uso de teletrabajo en aquellos casos que sea posible y solicitado por la propia víctima, si bien podrían considerarse como positivas en principio, no es posible hacer una valoración completa de las mismas ante la mencionada falta de concreción legal de éstas.

Respecto de otras medidas como la de garantizar a través de una implicación más activa de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social cuando una empleada publica sea víctima de violencia que se haya acogido a su derecho a la movilidad, no se recoge ni la concreción de la garantía ni que sea aplicable al resto de trabajadores por cuenta ajena, dentro del ámbito del Estatuto de los Trabajadores.

Comunicar, bien por la interesada, la empresa o por la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social en el seguimiento de los casos de violencia de género identificados en las empresas cuando las victimas sufran perjuicios laborales o económicos (por bajas o ausencias), resulta ineficaz ya que actualmente esa posibilidad ya existe mediante la correspondiente denuncia por discriminación de género.

Para UGT se ha desaprovechado una oportunidad única para acometer realmente un cambio que pueda erradicar la violencia de género. Desde UGT echamos en falta otras medidas en materia laboral que serían realmente eficaces para defender los derechos de estas trabajadoras como:

  • Un permiso o licencia retribuida por un periodo mínimo de dos meses, similar al que tienen reconocido las empleadas públicas que se acogen a una excedencia por ser víctimas de violencia de género.
  • Recoger legalmente que las trabajadoras víctimas de violencia de género no sufrirán ningún perjuicio laboral o económico ocasionado por las ausencias o bajas médicas derivadas de su situación, independientemente de que tengan acreditada o no su situación.
  • Reconocimiento a las víctimas de acoso sexual y acoso por razón de sexo de derechos laborales similares a los que tienen reconocidos las víctimas de violencia de género.
  • Obligación de implementar en las empresas, medidas de prevención y/o protocolos contra el acoso sexual y el acoso por razón de sexo que permita una rápida resolución.

Cristina Antoñanzas, Vicesecretaría General de UGT