Publicado en el BOE concurso de traslados de los cuerpos generales al servicio de la Administración de Justicia

listados prov destinos Cuerpos Generales Justicia

Orden JUS/808/2020, de 28 de julio, del Ministerio de Justicia, por la que se convoca concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y
Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
Vacantes en la Administración de Justicia puestos de trabajo genéricos de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y de
Auxilio Judicial, dotados presupuestariamente, en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia, procede su convocatoria en concurso de traslado, de conformidad
con lo establecido en el título VIII de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el artículo 43 y siguientes y
Disposición Derogatoria Única del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración
de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
El modelo de la solicitud de inscripción es el anexo II que aparece publicado en esta
Orden, el cual no tiene validez para su presentación salvo como dato informativo de los
apartados que contiene, ya que se confeccionará y presentará exclusivamente por los
medios indicados en el punto 7 de la presente Base.
1. Anexo II. Recuadro V-1: Los funcionarios destinados definitivamente en puestos de
trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como los que se
encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de familiares
que tengan reservado su puesto de trabajo, radicados en el territorio nacional, sin
competencias transferidas, rellenarán su solicitud señalando el recuadro V-1 del anexo II,
cumplimentando todos los apartados que se le exijan, presentándola en el plazo
comprendido entre las 0:00 horas del día 2 de septiembre y las 24:00 horas del día 15 de
septiembre de 2020, según el mecanismo indicado en el punto 7 de la presente Base.
2. Anexo II. Recuadro V-2: Los funcionarios destinados en puestos de trabajo de
otros Cuerpos y Escalas de la Administración de Justicia o de otras Administraciones que
se encuentren en excedencia del artículo 506. d) de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de
diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en los
Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación o Auxilio, que deseen solicitar plazas ofertadas
en el presente concurso, rellenarán su solicitud, señalando el recuadro V-2 del anexo II,
cumplimentando todos los apartados que se le exijan, presentándola en el plazo
comprendido entre las 0:00 horas del día 2 de septiembre y las 24:00 horas del día 15 de
septiembre de 2020, según el mecanismo indicado en el punto 7 de la presente Base.
3. Anexo II. Recuadro V-3: Los solicitantes que se encuentren en cualquiera de las
siguientes situaciones:
– Los excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular.
– Los adscritos provisionales por haber reingresado desde la situación de suspensión
definitiva.
– Los adscritos provisionales por haber reingresado al haber sido rehabilitados.
– Los participantes con adscripción provisional por haber reingresado al servicio activo
que no tengan reserva de puesto de trabajo.
– Los adscritos provisionales por cese o renuncia de un puesto obtenido por libre
designación o por haber renunciado a un puesto obtenido por concurso específico.
Los adscritos provisionales por haber reingresado al haber cesado como Letrados
sustitutos.
– Los incursos en reordenación de efectivos del artículo 52.c) del R.D. 249/96, de 16
de febrero, o en reasignación forzosa del artículo 67 del R.D. 1451/2005, de 7 de diciembre.
Rellenarán su solicitud, señalando el recuadro V-3 del anexo II, cumplimentando todos
los apartados que se le exijan, presentándola en el plazo comprendido entre las 0:00 horas
del día 2 de septiembre y las 24:00 horas del día 15 de septiembre de 2020, según el
mecanismo indicado en el punto 7 de la presente Base.
4. Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán a su solicitud la
documentación acreditativa de su pase a dicha situación, y la declaración jurada de no
haber sido separados de cualquiera de las Administraciones Públicas, ambas en un mismo
documento en formato PDF.
Los excedentes voluntarios por prestación de servicios en el sector público según el
artículo 506.d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberán acompañar a su solicitud de
participación en el concurso una declaración jurada de no encontrarse en situación de
suspensión firme de funciones.
5. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario
participante, aunque se soliciten plazas radicadas en el territorio de las Comunidades
Autónomas con competencias transferidas que, por tanto, figuren en las convocatorias que
simultáneamente a esta se realicen por los Gobiernos Autónomos y se publiquen, así
mismo, en los «Boletines Oficiales» de las Comunidades Autónomas respectivas.
Del mismo modo mediante una única instancia, deberán optar por participar desde el
cuerpo en que el funcionario se encuentre en activo, o reingresar al servicio activo en otro
cuerpo del que formen parte como excedentes. En caso de presentar dos instancias
solicitando destinos en dos Cuerpos/Escalas distintos, serán anuladas las dos solicitudes,
quedando, por tanto, el funcionario excluido de la participación en el concurso.
6. Si alguien desea rectificar una instancia ya presentada, podrá rellenar y presentar
una nueva solicitud, para el mismo Cuerpo/Escala en el que participaba, antes de la
finalización del plazo de presentación de instancias, la cual anulará automáticamente la
entregada anteriormente, según lo indicado en el punto 7 de la presente Base.
Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, podrá renunciar a la
participación en el concurso antes de la finalización del plazo de alegaciones a la resolución
provisional, según lo indicado en la Base Primera, punto 7.
7. Mecanismo de confección y presentación de las solicitudes.
A) Confección de las solicitudes.–Todas las solicitudes de los modelos V1, V2 y V3
se confeccionarán de forma telemática a través del asistente de inscripción.
Todos los funcionarios que participen en el presente concurso de traslados entre
funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, a nivel nacional, deberán de
rellenar la solicitud por medios telemáticos entrando en la página web del Ministerio de
Justicia, en la siguiente dirección:
www.mjusticia.gob.es/CIUDADANOS/Empleo público/Concursos de traslados/
CONCURSO DE TRASLADOS ORDINARIO GESTION, TRAMITACION Y AUXILIO 2020.
Una vez que hayan entrado en dicha página pulsarán en el enlace que aparece en la
misma con el nombre «G.T.A. Concurso de traslados», entrarán en el Asistente de
Inscripción y el sistema les guiará en la confección de la solicitud siguiendo las
instrucciones que se les irá indicando, debiendo consultar el Manual del Asistente de
Inscripción Web publicado en dicha página, y si tienen alguna duda pueden llamar al
teléfono de Atención al Usuario 91 390 46 05.
Con ello se conseguirá el objetivo de evitar errores en la transcripción de los códigos,
puesto que los datos grabados por el concursante quedarán automáticamente
almacenados en el sistema informático.
Los concursantes previamente a la entrada en el Asistente de Inscripción deberán
identificarse electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece la plataforma Cl@ve:
– DNI electrónico.
– Certificado digital.
Cl@ve Pin 24 h.
B) Presentación de las solicitudes.–El presente sistema de presentación se basa en
los artículos 10.1, 10.2.c) y 36.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todos los concursantes de ámbito nacional con modelo de instancia V1, V2 o V3,
grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con las instrucciones descritas en el
Manual del Asistente de Inscripción.
Tendrán en cuenta básicamente lo siguiente:
– No se presentará ninguna instancia de participación en el concurso en formato
papel.
– El uso del Asistente de Inscripción ya no es solo para confeccionar la instancia, sino
que es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y confirmada la
instancia en dicho Asistente, dentro del plazo establecido, ya estará presentada en el
Departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.
– Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una instancia ya confirmada, dentro
del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva a
través del Asistente de Inscripción.
– Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar tantas instancias
como se desee, teniendo en cuenta que solo tendrá validez en el concurso la última
instancia presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la primera instancia,
cada nueva acción realizada (Nueva instancia grabada y confirmada, o renuncia a la
participación en el concurso), anulará la acción realizada anteriormente, por lo que quedará
activa únicamente la última.
– Se pueden presentar, junto con la instancia, los documentos necesarios en los casos
en los que se requiera.
– Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado
telemáticamente con dicho Asistente de Inscripción.
C) Renuncias.–Durante el plazo de presentación de instancias, los participantes
podrán presentar cuantas instancias crean oportuno, así como renunciar a la participación
en concurso, manteniéndose activa únicamente, como ya se ha indicado en el punto B, la
última acción realizada.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrán renunciar a la
participación en el concurso, según lo indicado en la Base Primera, punto 7, pero no se
podrá realizar a través del Asistente de Inscripción, pues ya estará cerrado a
modificaciones, por lo que enviarán firmado y escaneado el anexo IV (Modelo de
alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia, a través del
Al enviar el correo electrónico, indicarán en el apartado «Asunto»: RENUNCIA, en un
único fichero, el cual tendrá la denominación del nombre, apellidos, NIF y modelo de
instancia del interesado.
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