Privada: Reactivada la negociación del Convenio de Discapacidad

Reactivada negociación Convenio Discapacidad

Tras meses paralizada la negociación del XV CCG de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, por fin el miércoles 27 de junio se celebró una reunión de la Mesa Negociadora.

Como novedad, la patronal mayoritaria AEDIS nos entregó una propuesta que se resume en los siguientes puntos:

– La subida salarial para los centros de atención especializada y los centros especiales de empleo comienza a partir del año 2019.

– Nueva propuesta de distribución de la clasificación profesional.

– Propuesta de cambio del CDP por un Complemento de Desarrollo, Formación y Capacitación Profesional por niveles, vinculado a la formación y que no llevaría consigo evaluación alguna. Eso sí, dicho complemento tendría unos límites en su desarrollo y perfeccionamiento profesional.

– Los contratos de formación y aprendizaje se dejarían en función de la legislación vigente.

– Revisión de permisos retribuidos.

Dado que el documento fue entregado en el mismo momento, FeSP-UGT mostró su compromiso de ofrecer una respuesta en un plazo de tiempo breve, al tiempo que reclamó una nueva convocatoria de la Comisión Negociadora en un tiempo prudente que no fuese más allá de la primera quincena de julio. No obstante, FeSP-UGT aprovechó su intervención para reiterar sus prioridades en la negociación de este Convenio Colectivo:

– Reducir y simplificar los grupos profesionales, ya que nuestra organización siempre fue especialmente crítica con la ineficaz clasificación profesional del XIV Convenio Colectivo.

– Recuperar derechos perdidos (recordamos que fuimos muy críticos en 2013 con la supresión de la antigüedad).

– Eliminación del procedimiento de evaluación del CDP y su sustitución por otro concepto vinculado a una consecución objetiva (sin límites en el tiempo, no consideramos acertada la limitación a dos o tres niveles de desarrollo como dice la propuesta patronal).

– El SMI debería ir adecuándose a los 1000 € mensuales, tal como se indica en el próximo Acuerdo del AENC que está próximo a firmarse, indicamos que en la Comisión Negociadora se podría acordar, ya en cualquier momento, que no se deben compensar o absorber los complementos de este convenio en el SMI ya incrementado, algo que sigue ocurriendo en algunas empresas del sector.

– Que los incrementos salariales sean fuertes para todos los trabajadores. Los que ganan poco en este convenio ganan muy poco pero los salarios altos tampoco son precisamente muy altos. Por tanto, mínimo el 2% + un 1% adicional en función de la productividad para cada uno de los años de vigencia del convenio estableciendo, si es necesario, incrementos superiores para los salarios más bajos.

– Reducir y clarificar la jornada para poder adecuar la jornada semanal a la anual y que desaparezca la bolsa de horas.

– Ampliación de permisos retribuidos como por ejemplo para asistir y acompañar al médico a familiares

– Homologación de las condiciones de jornada con los centros educativos públicos como ya hemos reivindicado con la convocatoria de la Mesa Sectorial de la Enseñanza Concertada para, entre otras cuestiones, pedir la homologación total con la Enseñanza Pública dado que en la Educación Especial la diferencia salarial y de condiciones de trabajo es aún mayor en todas las categorías profesionales.

– Mejorar la redacción del futuro Convenio Colectivo, suprimir ambigüedades y cuestiones interpretativas que tantos problemas ha generado en las empresas durante la vigencia del XIV Convenio Colectivo.

– Finalmente, el banco patronal comentó que vinculando a que la globalidad del convenio sea aceptable, estarían dispuestos a aceptar los siguientes aspectos:

– Incluir permisos retribuidos para tutorías y visita/acompañamiento especialista médico con una bolsa de 16 horas.

– Concreción del calendario laboral antes del 15 de enero del año en curso.

– Crédito horario de delegados de prevención, independiente del de la RLT.

– Incapacidad Temporal al 100% para aquellas enfermedades graves recogidas en los Reales Decretos 1148/2011, de 29 de julio y 2210/1995, de 28 de Diciembre. La primera baja se complementará al 100%. El resto tal y como está actualmente en convenio.

Conclusión: Valorando la voluntad de las organizaciones patronales para conseguir un acercamiento,  FeSP-UGT manifiesta que los acuerdos ofrecidos son un beneficio para los trabajadores claramente insuficientes. Solo se considerarán positivos cuando vengan acompañados de propuestas económicas fuertes y de reversión de algunos derechos sociales y laborales que nunca se debieron haber perdido en el XIV Convenio Colectivo de la Discapacidad.