Reunión de la Subcomisión Delegada de CIVEA de la Administración de la Seguridad Social

Reunión Subcomisión Delegada CIVEA Seguridad SociaL feb-2017

Ayer, 23 de febrero, se reunió la Subcomisión Delegada de la CIVEA en la Administración de la Seguridad Social:

1.   Lectura y aprobación del acta anterior: Se procede a la firma de las actas nº 65 a 68, correspondiente a las reuniones celebradas desde noviembre a enero.

2.   Concurso de Traslados:La administración informa que en tanto no se proceda a la ocupación de las plazas del último concurso, no se convocará el próximo. La representación sindical plantea la posibilidad de que se convoque un concurso Departamental o un concurso en el ámbito de esta Subcomisión. La administración explica, que en las actuales condiciones, ve escasas posibilidades para que Función Pública autorice este tipo de concursos. Se informa que en la reunión de CIVEA del pasado 15 de febrero se informó a los sindicatos de la situación de los concursos de traslados y se acordó la próxima creación de varios grupos de trabajo dependientes de CIVEA, entre los que se encuentra un grupo sobre Concursos de Traslados.

3.   Incremento de las cuantías de los complementos de puestos de trabajo: Se consulta a la representante de la administración sobre el incremento del 1% de los conceptos de productividad. Comunica que las productividades de Seguridad Social no están incluidas en la masa salarial, por tanto  no  están dentro de las retribuciones descritas en el Convenio Único. Por ello no serán incrementadas en la cuantía del 1% acordado. Asimismo nos confirma, que todo el ámbito de Subcomisión, percibirá el incremento de Complementos en la nómina de febrero.

4.   Encuadramiento de una trabajadora de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Navarra: La parte social plantea el caso de una trabajadora administrativa del grupo 4, que  en cumplimiento de un acuerdo de CIVEA, debiera de haber sido encuadrada en el grupo 3. La representante del INSS informa que el personal administrativo afectado por este acuerdo estaba listado en el mismo, sin que ninguno de estos puestos perteneciera al Ministerio de Trabajo. Por ello considera que la trabajadora está bien encuadrada, y así se le ha comunicado.

Nuevamente se plantea a la Presidenta, la necesidad de que  explique los criterios por los que no se han admitido algunos puntos de orden del día. La administración motiva estas exclusiones, con el  argumento que estos asuntos deben de tratarse en el ámbito de cada Entidad. Algunas veces no se entiende el contenido de la propuesta. Muestra su disposición a que se traten los mismos en el punto de ruegos y preguntas.

Ruegos y preguntas.

a.   Denuncia de sustitución de un ordenanza por un trabajador de empresa privada: En la Administración de la TGSS de El Puerto de Santa María (Cádiz), el jefe de la oficina ha ordenado a un ordenanza,  “que se cambiara de mesa”, para que un trabajador de la empresa privada que se había contratado realizará las funciones que hasta ahora él venía realizando. Su tarea consistía en la primera atención al público y suministro del número de orden para que atiendan al ciudadano. Al parecer, este trabajador entra en el sistema con la clave del jefe de oficina.UGT se opone frontalmente, a este tipo de privatizaciones, situación que se agrava porque el ciudadano se ve obligado a contar su problemática personal a alguien que no es empleado público.

El pliego de condiciones de este contrato contempla todas las funciones de ordenanza, de administrativo, de mensajero, de conductor y de atención al público. Quieren superhombres, mal pagados. Incluye la posibilidad de fichaje en el sistema del personal de la casa. La Directora Provincial no ha querido dar ninguna explicación sobre el asunto y no ha comunicado ninguna movilidad. La administración comunica que no conoce esta situación y que nos informará en la próxima reunión.

b.   Denegación de cambios de turnos en el CRMF de Albacete: Se están negando sistemáticamente a los/as trabajadores/as de este centro, los cambios de turnos, con el argumento de que no hay 12 horas de descanso entre jornadas. Desde UGT consideramos inadmisible esta situación. La voluntariedad en los cambios de turnos de trabajo, es la justa compensación por los cambios de turnos a los que obliga la empresa, argumentando necesidades del servicio. Vamos a defender con fuerza, que se sigan realizando. En todos los centros de trabajo, con servicio de 24 horas, dentro y fuera del IMSERSO, se realizan estos cambios, desde siempre, como un derecho del trabajador. El representante del Instituto manifiesta que no conoce esta situación y que informará en la próxima reunión.