Convenio Único: Reunión de la Subcomisión Delegada en la Administración de Seguridad Social

Reunión Subcomisión Delegada Seguridad Social

El pasado 26 de octubre se reunió la Subcomisión Delegada de la CIVEA en la Administración de la Seguridad Social con los siguientes puntos a tratar:

1.       Lectura y aprobación de acta anterior: Se procede a la firma de  actas anteriores.

2.       Oferta de Empleo Público y concurso de traslados:

Se pregunta si saldrá publicada la Oferta Pública de 2.016 del IMSERSO. La administración informa que depende de Función Pública. Nuestra valoración es que se acumulará a la de 2017, ya que es la única convocatoria que  ha quedado pendiente. Respecto a traslados no hay nada nuevo.

3.       Adscripciones temporales a puestos vacantes: La parte social vuelve a requerir a la administración mayor información sobre este tipo de cambio de puesto de trabajo. En concreto se solicita que a estos expedientes se les incorpore la solicitud del afectado/a y el tiempo que lleva en esa situación, en caso de prórroga. La administración no tiene claro si tiene que aportar esta documentación.

Se pregunta los criterios que se utilizan para la adjudicación de una plaza, cuando existiendo dos vacantes del mismo tipo, una tiene complementos y la otra no. El representante del IMSERSO comenta que siempre son los mismos criterios, antigüedad en el puesto de trabajo y antigüedad en la administración, del solicitante. Cuando este criterio no se cumpla se motiva la causa.

La representación sindical  solicita una solución para a que los trabajadores fijos descontinuos se les pueda conceder adscripción temporal. El representante del IMSERSO comunica que no conoce la causa concreta, pero es ajena al IMSERSO. No obstante impulsará los trámites para la elaboración del expediente administrativo, que concluya en la conversión de estas plazas en jornada completa. UGT manifiesta que esta solución se está demorando en el tiempo por desidia de la administración.

4.       Relaciones de candidatos en el IMSERSO:Desde UGT se expone que el artículo 36 del Convenio Único establece que se pueden realizar relaciones de candidatos, para la cobertura de puestos por empleo temporal, y que los criterios de funcionamiento de las mismas serán negociadas en la Subcomisión Delegada. En este caso se han mantenido dos reuniones en los Servicios Centrales del IMSERSO, la última en abril. Después de esta fecha se ha procedido a modificaciones de las Bases por Función Pública y por el IMSERSO, sin que hace se haya consultado a la parte social estos cambios, ni el número de plazas o las categorías a convocar.

Por otra parte UGT denuncia que se envió a los demás sindicatos las bases firmadas por Dirección General de Función Pública, sin que nuestros representantes la hayan recibido. Nuevamente estamos siendo discriminados por parte de la Secretaría General del IMSERSO en la recepción de información. En estos momentos está circulando entre el personal las Bases de la convocatoria, ya firmadas por el IMSERSO, sin que se les haya comunicado siquiera a los representantes sindicales.

UGTsolicita que, en estas circunstancias, se cumpla el Convenio y se envíen las Bases de la convocatoria de empleo temporal del IMSERSO a esta Subcomisión para su aprobación.

El representante del IMSERSO nos informa que se ha producido, al parecer, una filtración de estas bases. Nos comunica que al caducar la actual Bolsa el 14 de Noviembre es urgente la publicación de la nueva, que se producirá como muy tarde el 31 de octubre. Por ello no es necesario la aprobación por Subcomisión, una vez aprobadas por Función Pública. UGT manifiesta nuevamente su disconformidad. En este asunto el IMSERSO ha incumplido el Convenio, tanto en la negociación como en la preceptiva información a la parte social, con el agravante de producirse con discriminación hacia un sindicato.

5.       Derecho a la Información de la representación social en la Subcomisión:UGT denuncia que por parte del IMSERSO no está recibiendo la misma información que los demás sindicatos y que  intentó solucionar este problema enviando escrito a Secretaría General. También le remitió en junio varios correos a Secretaría, solicitando algunos cambios que hagan posible que se cumpla el derecho a la información sindical. Por parte de Secretaría General no se ha tenido respuesta. El IMSERSO dispone de dos correos electrónicos y del teléfono del Portavoz de UGT en esta Subcomisión, por lo que no le envía información por falta de voluntad.

Se está obstaculizando la comunicación desde UGT al resto de los trabajadores y discriminando  al derecho de información a los representantes de UGT, respecto a los demás representantes. Ello podría suponer una lesión a la libertad sindical de los trabajadores y de sus representantes. El derecho de información se encuentra dentro del contenido de la libertad sindical, como así se manifiesta en el artículo 8.1 de la L.O. de Libertad Sindical. Desde UGT se solicita que se corrija esta situación por parte de IMSERSO, advirtiendo que de persistir la misma, se encuentra legitimada para solicitar la tutela judicial del derecho de libertad sindical. El representante del IMSERSO manifiesta que intentará de resolver esta situación.

La Presidenta de la Subcomisión requiere al representante del IMSERSO para que su organismo envié la misma información a todos los sindicatos y a sus portavoces sin ningún tipo de discriminación.

6.       Movilidad por razones de salud: UGT informa de una  trabajadora del IMSERSO, que ha solicitada una movilidad (cambio de puesto) por razones de salud, ya que padece una enfermedad grave. La solicitud se realizó el día 6 de junio y se le ha citado a consulta médica, para su valoración por el Servicio de Prevención, más de 4 meses después. Se entrega al responsable del IMSERSO copia de dicha solicitud, exigiendo que esta demora se compense con la celeridad de los demás trámites administrativos.

UGT denunciaque este no es un caso aislado y que la dilación en este tipo de expedientes por parte del IMSERSO es la regla general, privando a los trabajadores de sus derechos.

Ruegos y preguntas.

a.     Horas extras en Servicios Centrales de T.G.S.S.: Se pregunta por las causas  que generan la necesidad de horas extras en este centro de trabajo. El representante  de Tesorería informa que se debe a la realización de los ordenanzas de funciones de telefonista. La representación sindical indica, que si este mismo criterio se extendiese, se necesitaría muchas horas extras, pues casi todos los ordenanzas realizan estas funciones sin que se  les compense por ello

b.     Funciones de terapeutas de los OAE´s de CRE de San Andrés de Rabanedo: La parte social comunica que este personal está realizando, obligadas por la Dirección, terapias como “pompa de Jabón” o “estimulación táctil” sin supervisión del profesional competente. El representante del IMSERSO solicitará información.

c.     Funciones de OAE´s de CRE de Alzheimer de Salamanca: Se pregunta al IMSERSO por qué este colectivo tiene que cambiar la ropa de todas las camas, cuando lo normal en el IMSERSO es que solo realicen las de los usuarios encamados.El representante del IMSERSO solicitará información.