Reunión Registro Civil y modificaciones a la Ley 20/2011, de 21 de julio

Reunión Registro Civil y modificaciones Ley 20-2011 21 julio

El Ministerio anuncia que finalmente el próximo día 30 de junio entrará en vigor la Disposición Final 7º de la Ley 19/2015 sobre “procedimiento para la adquisición de nacionalidad por residencia” desarrollado por el RD 1004/2015 que establecía un régimen transitorio que finaliza ahora a finales de este mes.

En el punto 2º de la citada Disposición se establece literalmente:

 “La tramitación del procedimiento tendrá carácter electrónico y su instrucción corresponderá a la Dirección General de los Registros y el Notariado. Todas las comunicaciones relativas a este procedimiento se efectuarán electrónicamente

Ello supone que, los solicitantes de estas nacionalidades, ya no podrán presentar la documentación físicamente ante las Oficinas de los Registros Civiles.

De ahí , que desde UGT hallamos estado toda la reunión solicitando su modificación o suspensión para evitar su entrada en vigor, así como presionando al Ministerio para que en el texto del Acuerdo que nos han trasladado, se incluya un sexto punto para revertir las competencias sobre los expedientes de nacionalidad por residencia y de matrimonio para que vuelvan a los Registros Civiles.

Pero el Ministerio, después de solicitar un receso a las organizaciones sindicales, se ha vuelto asentar en la mesa negándose a ello.

El Director General nos ha pedido unos días para poder estudiar esta propuesta de UGT y consultarla con el Ministro de Justicia, pero por las manifestaciones realizadas por el Director parece que ello es casi imposible.

UGT ha manifestado que sí el Ministro se niega a devolver a los Registros Civiles estas competencias no firmaremos el Acuerdo a pesar de haber aceptado otras alegaciones que hemos realizado.

Para UGT ello es una privatización y desmantelamiento de este servicio público así que no lo aceptaremos.

OTRAS ALEGACIONES DE UGT AL BORRADOR DE ACUERDO Y ALGUNAS ACEPTADAS POR EL MINISTERIO:

·         Preámbulo: sustituirán “de todos los empleados públicos” por “de todos los funcionarios de la Administración de Justicia

·         Primero. Registro Civil único, público y gratuito.

Añadirán: su llevanza continuará asignada íntegramente y exclusivamente a funcionarios de la Administración de Justicia y será gratuito.

·         Tercero: Registro Civil integrado en la Administración de Justicia.

Hemos exigido la supresión de la palabra velará sustituyéndola por ejemplo por la palabra “garantizará”, lo han aceptado y en la siguiente mesa traerán la propuesta de la palabra que finalmente se incorporará.

·         Cuarto: Registro Civil desjudicializado y servido por personal al servicio de la Administración de Justicia, con los LAJ como encargados:

1º Valorizar las funciones y el desempeño con que los demás Cuerpos realizan las funciones en este servicio.

Añadir otro apartado, para que los Jueces de Paz dejen de estar al frente de los Juzgados de Paz, encomendando esa función a los Gestores PA, UGT es la única organización sindical que ha propuesta esta media.

Ya que desde UGT consideramos que si se produce una desjudicialización estos jueces también deben salir de las oficinas de Registros.

 UGT ha propuesto también la inclusión de otro punto de este Acuerdo para modificar la Ley 20/2011, 21 de julio, y se reconozca de Delegación de Firma y su retribución para el Cuerpo de Gestión PA (esta alegación aún pendiente de contestación por el Ministerio).

 Igualmente hemos solicitado el establecimiento de un plazo para presentar en las Cortes Generales el proyecto de Ley de reforma de la Ley 20/2011, de 21 de julio, pues ya está bien de vacatio legis.

También hemos propuesto la creación inmediata de un grupo de trabajo para podertener el proyecto de Ley preparado para presentar como máximo en septiembre a las Cortes Generales.