UGT recurre la Orden JUS/35/2018, nombramiento Tribunal al Cuerpo de ayudantes de laboratorio

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UGT HA INTERPUESTO RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA LA ORDEN JUS/35/2018, de 15 de enero por la que se nombra al Tribunal calificador Único para proceso selectivo al Cuerpo de ayudantes de laboratorio del INTyCF

Sorprendentemente al publicarse en el BOE los nombramientos de los Tribunales Calificadores Único para el Cuerpo de Facultativos del INTyCF y de Ayudantes de laboratorio, hemos comprobado que el Ministerio de Justicia ha procedido a nombrar a las mismas personas para ambos Tribunales.

Por ello, hemos interpuesto recurso de reposición pues la propia Orden incumple lo establecido en norma de rango superior como es nombrar a un único tribunal para dos Cuerpos porque el artículo 12 de nuestro Reglamento de Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo regula que habrá un tribunal para cada uno de los Cuerpos.

 Y así también, en la norma sobre nombramiento de Tribunales se contempla: “que deberán formar parte del mismo, en  el número que se determine, funcionarios del Cuerpo al que corresponde el proceso selectivo”.

De ahí , la interposición de recurso de reposición porque consideramos que la citada Orden JUS contraviene lo dispuesto en la norma superior como es el RD 1451/2005 que aprueba nuestro Reglamento de Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo para el personal al servicio de la Administración de Justicia, en cuanto que ha de actuar en el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo de ayudantes de laboratorio del INTyCF, al no estar integrado el mismo por al menos un funcionario. Solicitando que, se proceda al dictado de una nueva Orden de nombramiento de Tribunal específico para este proceso selectivo del Cuerpo de Ayudantes en los términos indicados y respetando el principio de especialidad.

Desde UGT denunciamos la gestión del Ministerio de Justicia en el desarrollo de los procesos selectivos pertenecientes a la OEP 2016, tanto para la promoción interna como para turno libre.

Este Ministerio además, incumple en estos dos Tribunales la normativa de igualdad de trato y oportunidades en las Administraciones Públicas (LOIMH de 22 de marzo de 2007) pues establece muy claramente que la composición de los Tribunales ha de ser paritaria, y aquí observamos que sólo se ha nombrado a un hombre.

También queremos poner de manifiesto que la aptitud de este Ministerio cada día es más clasista privilegiando a los Cuerpos más altos despreciando a los demás.

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